Fernández deja en ₡11.000 millones el recorte al Poder Judicial para 2027

Laura Fernández anuncia que el recorte al Poder Judicial en 2027 será de ₡11.000 millones, con fondos aún sujetos a controles legislativos.

SAN JOSÉ, COSTA RICA — La presidenta Laura Fernández anunció que el recorte previsto para el Poder Judicial en 2027 será de ₡11.000 millones y que el Ejecutivo absorberá ₡16.000 millones adicionales. El cambio aún debe incorporarse al trámite legislativo, mientras casi ₡29.844 millones permanecen sujetos a condiciones de ejecución.

El anuncio baja de ₡27.000 millones a ₡11.000 millones, pero todavía debe traducirse en el expediente presupuestario. La presidenta Laura Fernández comunicó la noche del domingo 13 de septiembre que el Gobierno reducirá el ajuste que había planteado para el Poder Judicial en el presupuesto de 2027. Según el anuncio, la disminución pasaría de ₡27.000 millones a ₡11.000 millones y las instituciones del Poder Ejecutivo absorberían los ₡16.000 millones de diferencia mediante rebajas en sus propios presupuestos.

La decisión política no equivale todavía a una modificación aprobada del Presupuesto Nacional. El proyecto ya fue remitido a la Asamblea Legislativa y cualquier redistribución que altere el texto presentado por el Ejecutivo debe quedar incorporada durante el procedimiento legislativo y ser aprobada como parte de la ley presupuestaria. La Constitución atribuye a la Asamblea la aprobación del presupuesto, mientras que el Poder Ejecutivo es responsable de preparar el proyecto y puede reducir o suprimir partidas de los anteproyectos de otros poderes durante esa etapa.

La mandataria sostuvo además que se preservarían recursos vinculados con necesidades operativas del Organismo de Investigación Judicial, entre ellas la adquisición de armas y chalecos antibalas. Sin embargo, el detalle presupuestario que permita identificar exactamente cuáles partidas recibirán los ₡16.000 millones adicionales anunciados no estaba reflejado todavía en una modificación formal del expediente consultado.

Ese punto es relevante porque permite diferenciar dos momentos: el anuncio político del 13 de septiembre y el texto presupuestario que ya se encuentra bajo análisis legislativo. Hasta que ambos coincidan documentalmente, no puede darse por concluida la distribución final de recursos.

El proyecto presentado el 1.º de septiembre ya registraba una rebaja nominal de ₡10.552,5 millones

El texto presupuestario remitido al Congreso asignó al Poder Judicial ₡530.973,2 millones para 2027, frente a un presupuesto actualizado de ₡541.525,7 millones en 2026. La diferencia nominal es de ₡10.552,5 millones, equivalente a una reducción aproximada del 1,95%. Cálculo de la redacción basado en las cifras del proyecto de Presupuesto Nacional para 2027.

Esta comparación introduce una precisión necesaria frente al discurso de una reducción inicial de ₡27.000 millones: el monto anunciado políticamente no coincide de manera directa con la diferencia nominal entre el presupuesto actualizado de 2026 y el monto total incorporado para 2027 en el expediente presentado el 1.º de septiembre.

Por ello, todavía debe determinarse documentalmente qué componentes conformaban los ₡27.000 millones señalados por el Ejecutivo y, sobre todo, en cuáles partidas concretas se reflejará ahora la restitución de ₡16.000 millones. Sin esa modificación, sumar o restar ambas cifras al monto global del Poder Judicial podría producir una comparación engañosa.

El proyecto base sí muestra dónde se concentran varios ajustes. Los bienes duraderos disminuyen en unos ₡5.766,8 millones y las remuneraciones en ₡5.698 millones, mientras los servicios aumentan aproximadamente ₡2.212,1 millones y las transferencias de capital unos ₡704,1 millones.

Las restricciones ya habían obligado al Poder Judicial a revisar inversiones en vehículos, infraestructura y tecnología. En mayo, antes de que Hacienda terminara de elaborar el proyecto nacional, Corte Plena había aprobado un anteproyecto de ₡530.183,17 millones, ₡11.342,51 millones inferior al presupuesto de 2026 bajo los límites que se le habían comunicado para la formulación. Ese anteproyecto no contemplaba creación de plazas nuevas.

Casi ₡29.844 millones quedarían bloqueados aun cuando formen parte del presupuesto asignado

La discusión no se limita a cuánto dinero aparece presupuestado para el Poder Judicial. El proyecto presentado por Hacienda incorpora una norma de ejecución que mantendría bloqueados ₡29.843.810.438 en el Sistema Integrado de Gestión de la Administración Financiera, aun cuando esos recursos estén incluidos formalmente dentro del presupuesto de la institución.

Ese monto representa aproximadamente 5,62% de los ₡530.973,2 millones previstos para el Poder Judicial en 2027. Cálculo de la redacción basado en los montos consignados en el proyecto presupuestario.

El mecanismo previsto no permitiría una liberación automática. Primero deberían presentarse ante la Comisión Permanente Especial para el Control del Ingreso y Gasto Público los estados financieros auditados de 2026 del Fideicomiso Inmobiliario Poder Judicial 2015.

La Contraloría General de la República tendría además que certificar el cumplimiento de disposiciones derivadas de auditorías relacionadas con la infraestructura inmobiliaria judicial y emitir otra certificación vinculada con disposiciones de auditoría correspondientes al programa 926, Dirección y Administración del Poder Judicial.

Incluso después de esos requisitos, la Comisión de Control del Ingreso y Gasto Público debería aprobar el cumplimiento de las condiciones y trasladar el asunto al plenario legislativo. Solo después de una nueva aprobación del Congreso se comunicaría al Ministerio de Hacienda que los recursos pueden ser liberados.

El anuncio de Fernández mantiene precisamente el elemento de condicionalidad. La presidenta indicó que la utilización de parte de los recursos continuaría dependiendo de revisiones legislativas y de certificaciones de la Contraloría. Por ahora, no existe base documental suficiente para concluir que el anuncio elimina el bloqueo de ₡29.843,8 millones previsto en el texto presentado a la Asamblea.

Las normas presupuestarias también restringen traslados internos, vacantes y compensaciones

El proyecto contiene otras tres reglas dirigidas al Poder Judicial que van más allá de la asignación global.

La norma de ejecución 10 pretende limitar el traslado de recursos entre subpartidas de los principales programas judiciales. Movimientos que ordinariamente pueden utilizarse para responder a necesidades durante la ejecución tendrían que tramitarse mediante un presupuesto extraordinario aprobado por la Asamblea Legislativa.

La Ley Orgánica del Poder Judicial establece actualmente que, cuando las necesidades del servicio lo requieran, el Consejo puede crear subpartidas y efectuar traspasos entre gastos autorizados, siempre dentro del total disponible. Por eso, la propuesta presupuestaria introduce un control adicional sobre una facultad que la legislación ordinaria reconoce al Poder Judicial.

La norma 11 condicionaría determinadas compensaciones de administración a un análisis de costo-beneficio que tendría que ser ratificado por la Contraloría y posteriormente pasar por controles legislativos. La norma 12 impondría a su vez requisitos para utilizar plazas que queden vacantes durante 2027, incluida la elaboración periódica de estudios técnicos.

Las disposiciones alcanzan programas vinculados con Dirección y Administración, el Servicio Jurisdiccional, el OIJ, el Ministerio Público, la Defensa Pública y la atención y protección de víctimas y testigos. No se trata, por tanto, únicamente de una discusión administrativa de la Corte Suprema: las reglas cubren estructuras responsables de investigación criminal, persecución penal, defensa pública y atención de personas afectadas por delitos.

La Corte ya había reducido vehículos, infraestructura y tecnología para ajustarse al límite de Hacienda

El Poder Judicial había advertido desde mayo que el anteproyecto confeccionado bajo las restricciones de Hacienda cubría únicamente sus requerimientos mínimos de operación.

La institución identificó entre las afectaciones una reducción en proyectos constructivos, ausencia de sustitución de vehículos y limitaciones a inversiones tecnológicas y de seguridad. De los vehículos que requerían sustitución, el Poder Judicial señaló entonces que el 51% correspondía al OIJ.

El anteproyecto aprobado por Corte Plena el 25 de mayo ascendía a ₡530.183,17 millones. La cifra es distinta de los ₡530.973,2 millones que posteriormente aparecieron en el proyecto nacional enviado por Hacienda a la Asamblea, porque corresponden a etapas diferentes del proceso presupuestario: primero la formulación institucional y después la consolidación realizada por el Ejecutivo.

La Constitución permite al departamento especializado del Ejecutivo reducir partidas incluidas en los anteproyectos de la Corte, la Asamblea, los ministerios y el Tribunal Supremo de Elecciones, aunque también establece que al Poder Judicial debe asignársele una suma no menor al 6% de los ingresos ordinarios calculados para el año económico.

Ese piso constitucional no resuelve por sí solo el debate actual. Una institución puede cumplir formalmente un porcentaje mínimo y, al mismo tiempo, discutir la suficiencia de determinadas partidas o las condiciones que regulan su utilización. Por eso, una evaluación jurídica sobre las normas específicas de ejecución exige distinguir el monto global de la autonomía para administrar los recursos ya aprobados.

La Asamblea tiene hasta finales de noviembre para definir el presupuesto que regirá en 2027

La discusión se encuentra ahora en el Congreso. El procedimiento presupuestario tiene plazos especiales: la Comisión de Asuntos Hacendarios debe votar el proyecto a más tardar el 20 de octubre y rendir dictamen antes de finalizar el 25 de octubre. El debate del plenario se realiza en noviembre y el proyecto debe quedar aprobado antes de terminar ese mes.

La práctica reglamentaria fija el 27 de noviembre como límite para la votación en primer debate. El presupuesto debe completar su trámite antes del 30 de noviembre, pues entrará a regir el 1.º de enero de 2027.

Esto significa que el anuncio presidencial todavía tiene una ruta institucional pendiente. El Ejecutivo puede impulsar el cambio y los diputados pueden introducir modificaciones dentro de las reglas especiales del trámite, pero la cifra definitiva será la que quede incorporada en la ley aprobada por la Asamblea.

La diferencia importa para los usuarios de la justicia porque un anuncio de restitución presupuestaria no equivale necesariamente a disponibilidad inmediata. El efecto final dependerá tanto del monto que autorice la Asamblea como de las normas de ejecución que permanezcan en el texto.

La modificación deberá aclarar dónde aparecen los ₡16.000 millones y cuáles fondos seguirán condicionados

El principal dato pendiente después del anuncio de Fernández es documental: qué partidas concretas recibirán los ₡16.000 millones que el Ejecutivo asegura que dejará de recortar al Poder Judicial.

También falta precisar de cuáles instituciones del Poder Ejecutivo saldrán esos recursos y cuál será la reducción correspondiente en cada una. Sin esa distribución no es posible calcular responsablemente el efecto sobre sus presupuestos ni determinar qué programas asumirán el ajuste.

Un segundo punto pendiente es si los casi ₡29.844 millones bloqueados por la norma de ejecución 9 permanecerán intactos, disminuirán o cambiarán de composición. El mensaje presidencial indica que continuará una liberación condicionada, pero el instrumento legislativo será el que permita conocer la redacción y el monto definitivos.

También deberá observarse qué ocurre con las normas 10, 11 y 12. El anuncio sobre una menor rebaja presupuestaria no supone, por sí mismo, que hayan desaparecido las restricciones sobre movimientos entre partidas, compensaciones administrativas o utilización de plazas vacantes.

Por ahora, la conclusión verificable es más precisa que la cifra aislada: el Ejecutivo anunció que reducirá a ₡11.000 millones el ajuste que atribuye al Poder Judicial para 2027, pero el alcance real de la decisión dependerá del texto que finalmente apruebe la Asamblea Legislativa y de las condiciones que sobrevivan en las normas de ejecución presupuestaria.

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